De acuerdo con las órdenes militares israelíes, los propietarios de las tierras seleccionadas tienen que evacuar 54 dunas dentro de 45 días y deshacerse de todo lo que existe en ellas, incluyendo árboles, instalaciones de infraestructura, etc; bajo el pretexto de que las tierras son clasificadas como ‘tierras del Estado.’ Ver fotocopia de las órdenes militares israelíes
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‘Ayed Mohammad Abdel Fattah Abdel ‘Aziz.
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Khalid Mohammad Abdel Fattah Abdel Aziz.
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Khalil Hasan Abdel Fattah Abdel Aziz.
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Mohammad Hasan Abdel Fattah Abdel Aziz.
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Hasan Ismail Hasan Najajreh
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Na’eem Ahmad Mousa Najajreh
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Saleem ‘Ali Othman Najajreh
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Mohammad Ahmad Mousa Najajreh
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Daoud Bishara Nassar. See Map 1
Mapa 1: Las tierras atacadas en el pueblo de Nahhalin
Según el acuerdo provisional de Oslo II de 1995, el territorio Palestino, incluyendo las tierras de Nahhalin, fue dividido en zonas A, B y C. En la Zona A, la Autoridad Nacional Palestina tiene completa autonomía sobre cuestiones administrativas y de seguridad, en la zona B, los palestinos tienen el control total sobre la administración civil e Israel sigue teniendo la responsabilidad primordial para la seguridad, mientras que en la zona C, Israel tiene el control total sobre la seguridad y cuestiones administrativas. La tabla 1 muestra las distintas clasificaciones de Nahhalin:
Tabla 1: Clasificación de las tierras de Nahhalin de acuerdo al
acuerdo de Oslo II de 1995
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Clasificación
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Área-Dunas
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%del total de la superficie
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Área A
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0
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0
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Área B
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1,132
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6.6
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Área C
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16,118
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93.4
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Total
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17,250
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100
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Fuente: Base de datos de ARIJ 2012
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Tabla 2: Asentamientos ilegales israelitas construidos en las tierras de Nahhalin.
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Nombre del asentamiento
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Fecha de establecimiento
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Total del área de asentamiento (dunas)
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Población
(2009) |
Rush Tzurim
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1969
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893
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364
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Neve Daniel
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1982
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584
|
1600
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Giva’ot
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1984
|
135
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44
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Betar ‘Illit
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1985
|
4686
|
29000
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Total
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*****
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6298
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31008
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Fuente: Base de datos de ARIJ 2012
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Artículo 53 y 147 de la IV Convención de Ginebra de 1949 indica que: La destrucción y la apropiación de bienes no justificadas por necesidades militares y realizadas a modo ilícito y arbitrario, es una grave violación de la Convención.
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El artículo 23 de la Convención de La Haya de 1907 dispone lo siguiente: Además de las prohibiciones establecidas por convenciones especiales, queda especialmente prohibido destruir o confiscar bienes del enemigo, a menos que tales destrucciones o expropiaciones sean exigidas imperiosamente por las necesidades de la guerra.
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La Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada y proclamada por la Asamblea General, en su resolución 217 A (III), del 10 de diciembre de 1948, artículo 17 dice: Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. Lo que significa que Israel tiene prohibido destruir o confiscar propiedades palestinas bajo cualquier posible justificación.